El nuevo Decreto Oficial de la Ley REP para Pilas y Aparatos Eléctricos y Electrónicos -AEE- | LeyREP.cl

El nuevo Decreto Oficial de la Ley REP para Pilas y Aparatos Eléctricos y Electrónicos -AEE-

El Ministerio del Medio Ambiente publicó las metas obligatorias de recolección y valorización para pilas y aparatos eléctricos y electrónicos en Chile, fijando obligaciones directas para importadores y comercializadores.

Decreto Oficial Ley REP para Pilas y Aparatos Eléctricos y Electrónicos en Chile
Decreto Supremo N° 22/2025 del Ministerio del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial de Chile.
220.000 t

Residuos de aparatos eléctricos generados al año en Chile

+2.600 t

Residuos de pilas generados anualmente en el país

4,1%

Tasa actual de reciclaje antes de la entrada en vigor

El 7 de mayo de 2026 fue publicado en el Diario Oficial el Decreto Supremo N° 22/2025 del Ministerio del Medio Ambiente, norma dictada bajo la Ley N° 20.920 de Responsabilidad Extendida del Productor. Con esto, Chile incorpora metas obligatorias para dos corrientes prioritarias: las pilas y los aparatos eléctricos y electrónicos (AEE).

La regulación obliga a los productores e importadores a organizar y financiar sistemas de gestión (individuales o colectivos GranSIG) para recolectar y valorizar los residuos generados al término de la vida útil de estos productos.

Mecanismos de recolección establecidos

El decreto establece tres canales principales para asegurar la recepción y valorización en todo el país:

Puntos limpios y verdes

Despliegue gradual de infraestructura comunal desde Arica hasta Punta Arenas para entrega formal de residuos.

Campañas domiciliarias

Obligación para los sistemas de gestión de realizar retiros puerta a puerta al menos 2 veces al año.

Recepción en comercios

Tiendas de más de 400 m² que vendan estos productos deberán recibir residuos sin costo para los usuarios.

Productos afectos: Pilas (botón, cilíndricas y recargables), celulares, computadores, tablets, refrigeradores, lavadoras, microondas, paneles fotovoltaicos y equipos de climatización.

Plazos y metas obligatorias

Las metas de recolección comenzarán a regir en mayo de 2028 (24 meses después de su publicación en el Diario Oficial). La meta parte en un 3% en el primer año y aumenta de forma progresiva hasta alcanzar un 45% a partir del décimo año.

Aspecto regulatorio Detalle oficial
Publicación oficial 7 de mayo de 2026 en el Diario Oficial
Norma Decreto Supremo N° 22/2025 del Ministerio del Medio Ambiente
Inicio de metas Mayo de 2028 (24 meses tras publicación)
Meta inicial 3% durante el primer año
Meta de largo plazo 45% a partir del año 10

Fuentes y Documentación Oficial

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