Última actualización: marzo 2026.
Los 7 Productos Prioritarios de la Ley REP
Conoce qué productos están regulados en Chile, cuál es su estado normativo actual y qué instrumento establece —o establecerá— sus metas y obligaciones.
Estado normativo actualizado al 13 de agosto de 2026La Ley N° 20.920 identificó originalmente seis productos prioritarios: Aceites Lubricantes, Aparatos Eléctricos y Electrónicos, Baterías, Envases y Embalajes, Neumáticos y Pilas. Posteriormente, el Ministerio del Medio Ambiente declaró a Textiles como nuevo producto prioritario mediante la Resolución Exenta N° 3914/2025 , pasando así de seis a siete productos prioritarios.
Los 7 Productos Prioritarios
Cada producto tiene un proceso regulatorio propio. Algunos ya cuentan con metas vigentes, otros tienen un decreto publicado cuya implementación comenzará posteriormente y otros todavía se encuentran en elaboración normativa.
Envases y Embalajes
Incluye envases domiciliarios y no domiciliarios de materiales como plástico, papel y cartón, vidrio, metal y cartón para líquidos, según las categorías definidas por su regulación.
DS N° 12/2020.
Metas en aplicación desde 2023.
Neumáticos
Regula principalmente neumáticos de Categorías A y B, incluyendo neumáticos utilizados en vehículos, transporte pesado y determinadas aplicaciones industriales y mineras.
DS N° 8/2019.
Metas en aplicación desde enero de 2023.
Aceites Lubricantes
Los Aceites Lubricantes continúan siendo producto prioritario de la Ley REP. Sin embargo, el DS N° 47/2023 fue objeto de una sentencia del Segundo Tribunal Ambiental que resolvió su anulación total.
Nuevo decreto específico pendiente de elaboración.
Pilas
Las pilas se encuentran reguladas conjuntamente con los Aparatos Eléctricos y Electrónicos mediante el DS N° 22/2025. El decreto ya fue publicado, pero sus metas todavía no están siendo exigidas.
DS N° 22/2025.
Títulos III y IV desde 7 de mayo de 2028.
Baterías
Actualmente existe un anteproyecto de Decreto Supremo, pero todavía no un decreto definitivo. La propuesta regula principalmente baterías de plomo-ácido y de iones de litio.
Anteproyecto Res. Ex. N° 821/2026.
Propuesta de DS en elaboración.
Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE)
Comprende aparatos que requieren corriente eléctrica o campos electromagnéticos para funcionar, organizados en las categorías establecidas por el DS N° 22/2025.
DS N° 22/2025.
Títulos III y IV desde 7 de mayo de 2028.
Textiles
Incorporado como nuevo producto prioritario en 2025. El Ministerio del Medio Ambiente inició durante 2026 la elaboración del decreto que establecerá sus futuras metas y obligaciones.
Res. Ex. N° 3914/2025.
Decreto en elaboración desde Res. N° 1064/2026.
Estado regulatorio de cada producto
Ser producto prioritario no significa necesariamente que ya exista una meta de recolección y valorización exigible. El estado depende del avance del decreto específico de cada producto.
| Producto prioritario | Instrumento principal | Estado agosto 2026 | ¿Metas exigibles hoy? |
|---|---|---|---|
| Envases y Embalajes | DS N° 12/2020 | Implementación | Sí |
| Neumáticos | DS N° 8/2019 | Implementación | Sí |
| Aceites Lubricantes | DS N° 47/2023 | Anulación judicial | No presentar actualmente las metas del DS 47 como vigentes |
| Pilas | DS N° 22/2025 | Decreto publicado |
No. Metas desde 2028 |
| Baterías | Res. Ex. N° 821/2026 | Anteproyecto | No |
| Aparatos Eléctricos y Electrónicos | DS N° 22/2025 | Decreto publicado |
No. Metas desde 2028 |
| Textiles |
Res. 3914/2025 + Res. 1064/2026 |
Decreto en elaboración | No |
Declaración REP 2026: el Ministerio del Medio Ambiente informó que la declaración correspondiente a los productos introducidos al mercado durante 2025 se realizará durante el cuarto trimestre de 2026. Las fechas exactas de inicio y cierre todavía deberán establecerse mediante Resolución Exenta.
¿Y los Diarios, Periódicos y Revistas?
Es importante no confundirlos con un octavo producto prioritario de la REP. Los Diarios, Periódicos y Revistas cuentan con un régimen especial de declaración, pero no están sujetos a metas de recolección y valorización como los productos prioritarios regulados mediante decretos de metas.
¿Qué significa que un producto sea “prioritario”?
Un producto prioritario es un producto respecto del cual la normativa considera especialmente relevante gestionar adecuadamente los residuos que genera, considerando aspectos como su volumen, peligrosidad y potencial de aprovechamiento.
La REP busca que los productores asuman responsabilidades sobre la organización y financiamiento de la gestión de esos residuos. Sin embargo, las obligaciones concretas dependen de las categorías, metas, plazos y demás condiciones establecidas en el decreto correspondiente.
No todos los siete productos se encuentran actualmente en la misma etapa. Por eso, antes de determinar obligaciones para una empresa, se debe identificar primero el producto prioritario, su categoría o subcategoría, la existencia de un decreto aplicable y el estado actual de sus metas.
Normativa y fuentes de referencia
- Ley N° 20.920 – Ley REP Marco legal general de la gestión de residuos y Responsabilidad Extendida del Productor.
- Decreto Supremo N° 12 – Envases y Embalajes Documento disponible dentro de Biblioteca REP.
- Decreto Supremo N° 8 – Neumáticos Documento disponible dentro de Biblioteca REP.
- Decreto Supremo N° 22/2025 – Pilas y AEE Decreto definitivo publicado en mayo de 2026.
- Resolución Exenta N° 3914/2025 – Textiles Declara oficialmente a Textiles como producto prioritario de la Ley REP.
- Ministerio del Medio Ambiente – Ley REP Portal oficial con información sobre productos prioritarios, sistemas de gestión y procesos regulatorios.
Estimados, escribir para saber si la fibra óptica en formato de cables son considerados como productos prioritarios y en dichos sentido, saber cuáles son las obligaciones que como productor me competen. Muchas gracias.