Pilas: Producto Prioritario Ley REP y Regulación en Chile | LeyREP.cl

Pilas: Producto Prioritario Ley REP y Regulación en Chile

El Decreto Supremo N° 22/2025 del Ministerio del Medio Ambiente fija las metas obligatorias de recolección y valorización para pilas en conjunto con los aparatos eléctricos y electrónicos.

Pilas Producto Prioritario Ley REP en Chile
Gestión y reciclaje de pilas alcalinas, de botón y recargables bajo el Decreto Supremo N° 22/2025 MMA.
⏱️ Entrada en Vigor Oficial

Tiempo restante para la aplicación obligatoria de metas (DS 22/2025 MMA):

--- Días
-- Horas
-- Minutos
-- Segundos
DS 22/2025

Publicado el 7 de mayo de 2026 en Diario Oficial

< 5 kg

Criterio oficial de peso para categoría pilas

Mayo 2028

Entrada en vigencia de metas obligatorias (24 meses)

3% → 45%

Meta general conjunta con AEE (Año 1 al 10+)

Las pilas son uno de los productos prioritarios de la Ley REP (Ley N° 20.920). Se encuentran reguladas conjuntamente con los Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) mediante el Decreto Supremo N° 22/2025 del Ministerio del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial el 7 de mayo de 2026.

Si bien el decreto se encuentra publicado, sus metas de recolección, valorización y obligaciones asociadas (Títulos III y IV) comenzarán a regir el 7 de mayo de 2028, otorgando a las empresas y Sistemas de Gestión un plazo de 24 meses para conformar su infraestructura logística y operativa.

¿Qué se considera una pila para la Ley REP?

El DS N° 22/2025 establece cuatro condiciones técnicas fundamentales para clasificar un producto dentro de la categoría única de pilas:

Peso inferior a 5 kg

Toda fuente de energía eléctrica de origen químico cuyo peso individual sea menor a cinco kilogramos.

Unidad para uso final

Debe formar una unidad integrada no diseñada para ser ensamblada en fuentes de mayor capacidad.

No ser plomo-ácido

Las fuentes con química plomo-ácido están excluidas de esta categoría y se regulan como baterías.

Pilas dentro de aparatos (AEE)

Si se pueden extraer manualmente o con herramientas comunes del hogar, se declaran y gestionan por separado.

Pilas no extraíbles: Si una pila integrada en un aparato eléctrico o electrónico no puede removerse fácilmente con herramientas domésticas comunes, se contabiliza como parte integral del AEE y no como residuo de pila independiente.

Diferencias legales: Pilas vs Baterías

Para la Ley REP, las pilas y las baterías son productos prioritarios con regímenes regulatorios independientes:

Característica Pilas Baterías
Estado Regulatorio Decreto Supremo N° 22/2025 (Definitivo) En elaboración (Anteproyecto Res. 821/2026)
Criterio de Peso Inferior a 5 kg (< 5 kg) Igual o superior a 5 kg (≥ 5 kg)
Química Plomo-Ácido Excluida de pilas Considerada batería sin importar su peso
Vigencia de Metas 7 de mayo de 2028 Pendiente de publicación del Decreto Definitivo

Metas de recolección y valorización (Pilas + AEE)

El Artículo 21 del DS N° 22/2025 define una meta general conjunta que abarca tanto a las pilas como a los aparatos eléctricos y electrónicos (con excepción de paneles fotovoltaicos, que poseen metas específicas):

Año de Implementación Meta General Obligatoria
Año 1 (2028 - proporcional)3%
Año 25%
Año 38%
Año 412%
Año 516%
Año 620%
Año 724%
Año 830%
Año 937%
Año 10 en adelante45%

Obligación de recepción gratuita en comercios

A contar del 7 de mayo de 2028, los locales comerciales que vendan pilas o aparatos electrónicos y cuenten con una superficie abierta al público superior a 400 m² deberán contar con contenedores para recibir residuos de pilas de forma gratuita, sin exigir boleta ni compra de productos nuevos.

Documentación y Fuentes Oficiales

¿Importas o comercializas pilas o aparatos con pilas integradas?

Te asesoramos en la correcta declaración en el RETC y en el cumplimiento de las metas del DS 22/2025 MMA.

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