Baterías: productos prioritarios ley rep. Baterías productos prioritarios ley rep. Las baterías —incluyendo acumuladores vehiculares, industriales y sistemas de almacenamiento energético de gran tamaño— forman parte del catálogo de productos prioritarios de la Ley REP debido a la toxicidad de sus componentes químicos y su alto potencial de valorización. Su regulación exige a los productores e importadores financiar e implementar sistemas de gestión para asegurar su correcta recolección, mitigando el impacto ambiental y promoviendo la circularidad en los sectores automotriz e industrial. Desde el punto de vista jurídico y logístico, las autoridades decidieron separar las baterías de las pilas de uso doméstico (que ahora se regulan junto a los electrodomésticos). Para efectos del Anteproyecto del Decreto Supremo (publicado en el Diario Oficial el 25 de febrero de 2026), se entiende por “batería” a todo dispositivo de almacenamiento de energía con un peso igual o superior a 5 kilos. Esta definición abarca tanto al parque automotriz tradicional como a la creciente industria de la electromovilidad y los proyectos BESS (Battery Energy Storage Systems), obligando a las empresas a organizar sistemas trazables para que estos equipos no terminen dispuestos ilegalmente. Categorías de Baterías Reguladas El anteproyecto normativo establece tres categorías principales, reconociendo las diferencias tecnológicas y operativas que exige cada material para su correcto tratamiento: 🚗 Plomo-Ácido Utilizadas mayoritariamente en vehículos con motor a combustión. Cuentan con un mercado de reciclaje consolidado en el país, lo que permite proyectar exigencias de recolección muy altas desde el inicio del decreto. ⚡ Ion-Litio Claves para la electromovilidad y el respaldo energético. Dado que su proceso de valorización final es más complejo, la normativa incorpora exigencias escalonadas e incentiva su “segunda vida” (reutilización) antes de la disposición final. 🏭 Otras Baterías Incluye acumuladores industriales de diversas composiciones (como Níquel-Cadmio) utilizados en faenas mineras, telecomunicaciones y redes de respaldo crítico. Incentivo a la circularidad: Un aspecto innovador del anteproyecto es el reconocimiento de las baterías reacondicionadas. Aquellas baterías de litio que regresen al mercado bajo el esquema de “segunda vida” no estarán obligadas a cumplir nuevamente las metas REP iniciales. Metas Progresivas del Anteproyecto (2026) La propuesta normativa establece objetivos diferenciados según la capacidad técnica de la industria. Mientras las baterías de plomo apuntan a una recuperación masiva a corto plazo, la escalabilidad del litio está diseñada para dar tiempo al desarrollo de nuevas plantas de tratamiento tecnológico. Tipo de Batería Meta Año 1 (Inicio Operativo) Meta Año 10 (Horizonte) Baterías de Plomo-Ácido 50% 90% Baterías de Ion-Litio 15% 50% *Nota: Estas metas corresponden al Anteproyecto publicado en febrero de 2026 y están sujetas a la etapa de consulta pública ciudadana y empresarial antes de la dictación del decreto definitivo. Si deseas conocer más sobre otras categorías, revisa nuestra sección de productos prioritarios. Documentación y Antecedentes Legales Expediente Baterías – Ministerio del Medio Ambiente Portal oficial con los estudios técnicos y resoluciones asociados al producto prioritario. Extracto Anteproyecto DS Baterías Diario Oficial de Chile (Febrero 2026). Publicación que inicia el periodo de consulta pública de las metas.
Neumáticos – Producto Prioritario Ley REP
Neumáticos: productos prioritarios ley rep. Neumáticos productos prioritarios ley rep. Descubre cómo la Ley REP regula los neumáticos fuera de uso (NFU) en Chile a través del Decreto Supremo N° 8. Conoce las categorías, obligaciones y metas progresivas de recolección y valorización que deben cumplir los productores e importadores para impulsar la economía circular. Los neumáticos generan un grave pasivo ambiental debido a su alta durabilidad y compleja degradación. Por ello, la Ley 20.920 los categoriza como productos prioritarios. Su regulación legal y operativa se dictamina exclusivamente mediante el Decreto Supremo N° 8 (DS 8) del Ministerio del Medio Ambiente. Este decreto fue el primero en entrar en vigencia bajo la Ley REP (enero de 2023), obligando a las empresas a organizar y financiar el transporte y la transformación de los neumáticos a través de Sistemas de Gestión, impulsando técnicas autorizadas como el recauchaje, la trituración para asfaltos o la pirólisis. Las 2 Categorías de Neumáticos (DS 8) Debido a las profundas diferencias logísticas entre los vehículos de uso cotidiano y la maquinaria pesada industrial, la normativa divide los neumáticos en dos grandes clasificaciones con exigencias independientes: 🚗 Categoría A Aro inferior a 57 pulgadas. Excluye los aros 45, 49 y 51. Corresponde principalmente a automóviles, camionetas, buses, camiones y maquinaria agrícola estándar. 🚜 Categoría B Aro igual o mayor a 57 pulgadas, además de los aros 45, 49 y 51. Son los conocidos como “neumáticos mineros” o fuera de carretera (OTR), que requieren logística altamente especializada. Metas de Recolección y Valorización A diferencia de otras categorías, los neumáticos tienen metas separadas tanto para su recolección (retiro del pasivo ambiental) como para su valorización (transformación en nueva materia prima). Su escalabilidad se proyecta a 8 años (hasta 2030). Categoría Exigencia Meta Año 1 (2023) Meta Año 8 (2030) Categoría A (Estándar) Recolección 50% 90% Valorización 25% 90% Categoría B (Mineros) Recolección 25% 100% Valorización 25% 100% *Nota técnica: El DS 8 permite que el recauchaje sea contabilizado válidamente como valorización, fomentando la extensión de la vida útil del producto antes de su trituración final. Legislación y Fuentes de Referencia Decreto Supremo N° 8 Biblioteca del Congreso Nacional (BCN). Promulgación de metas de recolección para Neumáticos. Ministerio del Medio Ambiente (MMA) Portal oficial estatal sobre Economía Circular y actualización de normativas vigentes. Ventanilla Única (RETC) Sistema nacional de declaración de emisiones y trazabilidad para importadores (SINADER).