Neumáticos
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Descubre cómo la Ley REP regula los neumáticos fuera de uso (NFU) en Chile a través del Decreto Supremo N° 8. Conoce las categorías, obligaciones y metas progresivas de recolección y valorización que deben cumplir los productores e importadores para impulsar la economía circular.
Los neumáticos generan un grave pasivo ambiental debido a su alta durabilidad y compleja degradación. Por ello, la Ley 20.920 los categoriza como productos prioritarios. Su regulación legal y operativa se dictamina exclusivamente mediante el Decreto Supremo N° 8 (DS 8) del Ministerio del Medio Ambiente.
Este decreto fue el primero en entrar en vigencia bajo la Ley REP (enero de 2023), obligando a las empresas a organizar y financiar el transporte y la transformación de los neumáticos a través de Sistemas de Gestión, impulsando técnicas autorizadas como el recauchaje, la trituración para asfaltos o la pirólisis.
Las 2 Categorías de Neumáticos (DS 8)
Debido a las profundas diferencias logísticas entre los vehículos de uso cotidiano y la maquinaria pesada industrial, la normativa divide los neumáticos en dos grandes clasificaciones con exigencias independientes:
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🚗
Categoría A
Aro inferior a 57 pulgadas. Excluye los aros 45, 49 y 51. Corresponde principalmente a automóviles, camionetas, buses, camiones y maquinaria agrícola estándar.
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🚜
Categoría B
Aro igual o mayor a 57 pulgadas, además de los aros 45, 49 y 51. Son los conocidos como "neumáticos mineros" o fuera de carretera (OTR), que requieren logística altamente especializada.
Metas de Recolección y Valorización
A diferencia de otras categorías, los neumáticos tienen metas separadas tanto para su recolección (retiro del pasivo ambiental) como para su valorización (transformación en nueva materia prima). Su escalabilidad se proyecta a 8 años (hasta 2030).
| Categoría | Exigencia | Meta Año 1 (2023) | Meta Año 8 (2030) |
|---|---|---|---|
| Categoría A (Estándar) | Recolección | 50% | 90% |
| Valorización | 25% | 90% | |
| Categoría B (Mineros) | Recolección | 25% | 100% |
| Valorización | 25% | 100% |
*Nota técnica: El DS 8 permite que el recauchaje sea contabilizado válidamente como valorización, fomentando la extensión de la vida útil del producto antes de su trituración final.
Legislación y Fuentes de Referencia
- Decreto Supremo N° 8 Biblioteca del Congreso Nacional (BCN). Promulgación de metas de recolección para Neumáticos.
- Ministerio del Medio Ambiente (MMA) Portal oficial estatal sobre Economía Circular y actualización de normativas vigentes.
- Ventanilla Única (RETC) Sistema nacional de declaración de emisiones y trazabilidad para importadores (SINADER).